Por:Robert balbi
La Fundación CONACERD de clasificación Mixta, inicia una nueva etapa con la finalidad de hacer cumplir los postulados de la ley 122-05, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la Republica Dominicana, cuyo objetivo es concretar los principios y normas de carácter jurídico, organizativo y procedimental, además, facilitar su implementación.
Nuestra Fundación de clasificación Mixta, jugara su papel de trabajar apegada al fortalecimiento de las Asociaciones sin fines de lucro, (ASFL), la capacitación y protección de nuestrossocios, (MIPYMES) y el fortalecimiento de las Organizaciones territoriales, que son las juntas de Vecinos, las Iglesias, los comités barriales, uniones vecinales, Asociaciones de pobladores y Asociaciones Pro-Desarrollo.
Según Cruz Rojas, la Fundación desde su creación el 10 de septiembre del 2010, ha venido desarrollado el programa de Formación de Lideres Comerciales y Empresariales, (FOLOCE), a través del cual hemos desarrollados, 2015-2019, 56 talleres presenciales sobre capacitación, educación y defensa de nuestros socios, (MIPYMES), gracias a las empresas patrocinadoras, paraque estos eleven su eficiencia y sean más competitivos en el mercado nacional.
En esta nueva etapa la Fundación CONACERD, trabajaraademás, para el fortalecimiento de la Organizaciones territoriales, (Juntas de Vecinos, las Iglesias, Comité barriales, uniones vecinales, Asociaciones de Pobladores y Pro-Desarrollo, para la orientación, organizar y conocer el papel que deben jugaren su demarcaciones, para el desarrollo y mejoría de sus comunidades, frente a los diferentes Alcaldes en el Distrito Nacional, las provincias, los municipios y los distritos municipales en todo el país.
Desde ese punto de vista organizaremos programas que nos permitan educar y orientar estas organizaciones Territoriales,para que conozcan y apliquen los términos legales que preve la ley 176-07, que establece que los Ayuntamientos deben prestar los servicios obligatorios mínimo. Además, de otras obligaciones, las cuales deben ser de dominio de los munícipes territoriales, tales como: Deberes y de Derechos de los y las munícipes que tienen sus residencias habituales en el territorio municipal.
Otros aspectos que deben conocer los munícipes en sus territorios son: Su relación de residentes, competencia propia del Ayuntamiento, los servicios municipales mínimos, destino de los fondos recibidos por el Ayuntamiento. Además, la subdivisión de los municipios, de las secciones y parajes, las delegaciones barriales y formular instancia apoyados en la ley 200-04 de libre acceso a la información.
Finalmente, las organizaciones de referencia estarán en capacidad de conocer la forma como los Ayuntamientos destinanlos recursos recibidos: 25 % a gastos de personal, 31 % para servicios municipales y actividades, 40 % para obras de infraestructuras (adquisición, construcción, modificación de inmuebles y adquisición de bienes muebles) y un 4 % para programas educativos de género y salud, entre otros, dijo Cruz Rojas, presidente de la Fundación CONACERD.
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